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El Gobierno Argentino posterga el debut del Fondo de Asistencia Laboral

Periodista reportando noticias

Cambios en el Fondo de Asistencia Laboral

El Gobierno argentino ha implementado cambios significativos en el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) a través del decreto 1228/26. Estos cambios incluyen el aplazamiento del inicio operativo del régimen al 1° de diciembre, así como la extensión del período de carencia inicial de seis a doce meses. Estas modificaciones impactarán de manera obligatoria a las empresas y al mercado financiero.

Implicaciones para las empresas

Debido a la postergación de la fecha de entrada en vigencia del régimen, el primer desembolso de las empresas al FAL se realizará a principios de enero de 2027, coincidiendo con un nuevo período fiscal. Además, la extensión del período de carencia significa que las empresas no podrán retirar fondos para financiar liquidaciones por despido hasta 2028. Esto afecta tanto a grandes firmas, que deberán aportar un 1% de la masa salarial, como a pymes, con un 2,5%.

Justificaciones y objetivos

El Poder Ejecutivo fundamentó la medida en dos razones principales. En primer lugar, respondió a una solicitud de la Comisión Nacional de Valores por parte de varias cámaras del sector financiero. En segundo lugar, se mencionó la necesidad de realizar pruebas operativas para corregir inconsistencias en los sistemas informáticos, asegurando así la solvencia y liquidez de los fondos.

Según fuentes del Ministerio de Economía, la extensión del período de carencia busca acumular más capital, lo que podría formar una masa de ahorro forzoso que apuntalaría la demanda de títulos en pesos del Tesoro Nacional. Además, esta medida neutraliza el uso de los recursos del FAL para financiar despidos antes de las elecciones de 2027.

Preparativos y ajustes para las empresas

El nuevo escenario redefine los plazos, pero no elimina las obligaciones de adecuación para las aproximadamente 400.000 empresas privadas alcanzadas por el régimen. Andrés Tellado Cañás, socio de KPMG Argentina, remarcó que las empresas deben utilizar el tiempo adicional para resolver su caracterización, elegir la entidad administradora, e informar el ID FAL antes de la fecha límite.

Finalmente, se espera que la Comisión Nacional de Valores informe pronto sobre las entidades habilitadas y los procedimientos relacionados, lo cual es crucial para que los empleadores configuren y validen adecuadamente su ID FAL antes del 1° de diciembre.

Fuente: lanacion.com.ar

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